El fiscal Marcelo Gómez, de la unidad Fiscal de delitos contra las personas, se mostró satisfecho por el fallo de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti que condenó a dos años de prisión en suspenso a G.S. por un caso de amenazas en concurso real con resistencia a la autoridad.
“Creemos que el fallo fue ejemplar, dado que casos como este, no siempre terminan con una condena, principalmente por la dificultad probatoria a la hora de demostrar los hechos”, advirtió Gómez. Respecto de lo anterior, amplió que la mayoría de los casos de violencia entre parejas se dan en ausencia de testigos, aunque en este caso no fue así debido a la presencia de dos policías al momento del incidente.
En la condena además se fijaron pautas de conducta para el acusado por dos años, se le indicó que no podrá protagonizar nuevos hechos de violencia en perjuicio de la víctima, se le mantuvo la restricción de acercamiento y deberá realizar cien horas de trabajo comunitario.
Por otro lado, se determinó que sea diagnosticado y a partir de ese estudio y sus resultados, se someta a un tratamiento psicológico con el fin de evitar nuevos episodios de violencia, particularmente para con cualquier mujer.
El fiscal Gómez indicó que el juez correccional, Guillermo Baquero Lazcano, hizo lugar a todos los pedidos de pena que solicitó durante sus alegatos. Así, el juez entendió que la fiscalía y querella lograron probar tanto que el hecho se había suscitado como también que efectivamente había sido cometido por el acusado.
Al momento de solicitar la pena, el fiscal tuvo en cuenta que el Código Penal contempla para los delitos de amenazas y resistencia contra la autoridad una pena de 2 años y 1 año de prisión respectivamente. A su vez, citó el fallo Briones de jurisprudencia obligatoria a nivel provincial que indica que a la hora de requerir un castigo, se debe partir de la mitad de la pena que contempla el delito y aumentar o disminuir el lapso de tiempo de condena según los agravantes o atenuantes que se comprueben durante el juicio.