El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, hizo lugar a una medida cautelar y dejó provisoriamente sin efecto el Decreto 759/2025 del Gobierno nacional, que había suspendido la aplicación de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. La resolución se dictó en el marco de un amparo colectivo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades contra el Estado Nacional.
En su fallo, el magistrado ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata con la actualización de las partidas destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles previstas en la ley 27.795. Consideró que el decreto presidencial presenta, en esta etapa inicial del proceso, rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”, al condicionar la aplicación de una norma que fue sancionada por el Congreso tras la insistencia de ambas cámaras.
El juez remarcó que la medida cautelar tiene carácter innovativo, ya que ordena el cumplimiento inmediato de la ley, y sostuvo que se encuentra acreditada la inobservancia de un deber jurídico concreto por parte del Estado Nacional. En ese sentido, señaló que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución no admite, en principio, una “variante suspensiva” mediante un decreto del Poder Ejecutivo.
Además, el fallo destacó el “peligro en la demora”, al advertir que el deterioro salarial de docentes universitarios y el impacto sobre las becas estudiantiles continúa afectando derechos laborales y el derecho constitucional a enseñar y aprender. En ese marco, Cormick resolvió declarar inaplicable el decreto 759/2025 en cuanto suspendía la ley y ordenó al Estado Nacional cumplir de forma inmediata con lo dispuesto por la norma de financiamiento universitario.