En este momento estás viendo Cambios en la Policía de Seguridad Aeroportuaria: las prohibiciones en el uniforme y el fin del “no binario”

Cambios en la Policía de Seguridad Aeroportuaria: las prohibiciones en el uniforme y el fin del “no binario”

La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) decretó una serie de cambios en el uniforme de los efectivos para adaptarse al nuevo reglamento que dispuso el Ministerio de Seguridad que conduce Patricia Bullrich.

La disposición N°183 lleva la firma del director nacional de la fuerza, Alfredo Hernán Gallardo, y dispone la prohibición del uso de barba y aritos en el personal masculino y la prohibición de la corbata en el femenino.

La medida también prohíbe que el personal exhiba tatuajes y, en caso de no poder ocultarlos con el uniforme correspondiente, deberán utilizar “telas color piel o similar para cubrirlos”.

Tampoco se permitirá el uso de tintura para el pelo que sea llamativa, ni el empleo de paraguas. Este último solo podrá ser utilizado cuando sea para “traslado en forma individual, de color negro y sin inscripciones”.

Los cambios centrales en la normativa apuntan, según establecen desde la PSA, “al aliño de los uniformados”. Por este motivo, explicaron que las mujeres ahora también deben cubrir su rodete por una red invisible o de color negra y deberán llevar las uñas cortadas o moderadamente largas.

La medida establece una excepción para ellas: cuando estén embarazadas o dentro del período de lactancia, tendrán la posibilidad de pedir la excepción del uso del uniforme y vestir pantalón o pollera de color negro, camisa blanca, zapatos negros.

La medida fue aprobada y publicada bajo el nombre “Reglamento Particular de Uniformes, Atributos, Distintivos y Condecoraciones de la PSA”, y dejó sin efecto a la normativa que había sido implementada por la gestión de Sabina Frederic en Seguridad y bajo la presidencia de Alberto Fernández.

Aquella disposición (N°437/21) le permitía a los efectivos policiales la posibilidad de usar indistintamente los uniformes masculinos o femeninos, algo que fue difundido como “uniforme no binario”.

Este jueves se precisó que el uniforme operativo N°1 de la PSA no presentará cambios, mientras que “el Uniforme de Servicio Diario N° 2, el Uniforme Social N° 3 y el Uniforme de Gala N° 4 especifican las prendas para uso masculino y femenino”.

Entre las prendas que componen el uniforme de Servicio Diario N° 2, el que sufrirá un cambio será el Birrete: ahora será de gabardina y llevará el escudo de la fuerza bordado sobre su lado izquierdo, sin otro distintivo.

Los Jefes de Dependencia, sus instancias inmediatas y los superiores directos del personal, serán responsables de verificar el estricto cumplimiento de estas normas.

Los cambios en el uniforme que decretó la Policía de Seguridad Aeroportuaria

  • Estará prohibido el uso de aritos en el personal masculino. La barba también quedará prohibida, salvo cuando efectúen tareas operativas que justifiquen su uso.
  • El personal femenino podrá tener las uñas pintadas con esmalte y usar aros “de tamaño y forma conservada”.
  • Queda prohibida la utilización de corbata en el personal femenino.
  • Estará prohibido exhibir tatuajes. “Si no se pueden ocultar con el uniforme, se deben utilizar telas color piel o similar para cubrirlos”, dice la normativa.
  • No se permite el uso de tinturas para el pelo que sean llamativos ni el empleo de paraguas, salvo cuando sea para “traslado en forma individual, de color negro y sin inscripciones”.
  • Las mujeres deberán cubrir su rodete por una red invisible o de color negra y llevar las uñas cortadas o moderadamente largas.

Cuándo debe usar uniforme el personal de la PSA

Según se indica en un anexo del “Reglamento Particular de Uniformes, Atributos, Distintivos y Condecoraciones de la PSA”, el personal está obligado a vestir uniforme en los siguientes casos:

  • Durante el servicio, salvo disposición contraria de la superioridad.
  • En el cumplimiento de comisiones dentro o fuera del país, salvo orden expresa en contrario.
  • En el desempeño de funciones en el orden nacional, provincial o municipal, cuando la superioridad lo considere conveniente.
  • En todos los casos que fuera dispuesto por la superioridad.