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Consultarán a las comunidades originarias antes de dictar medidas que las afecten

Lo aprobó este jueves la Legislatura rionegrina por mayoría, con 36 a favor y 9 en contra. Es el “Procedimiento de Convocatoria de Consulta Previa, Libre e Informada” para cuando se dicten medidas legislativas o administrativas que pudieren afectar derechos de incidencia colectiva de las Comunidades Indígenas de manera directa.

La consulta libre, previa e informada será sobre proyectos, programas, medidas y/o acciones que se pretendan generar y que de alguna manera pudieran ocasionar algún tipo de perjuicio a las mismas, a los fines que estas puedan realizar las observaciones y/o consideraciones que consideren pertinentes y alcanzar un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas o proyectos propuestos.

Se establecerá en la convocatoria el contenido general, mínimo e indispensable a los fines de que las comunidades cuenten con la debida información previa y concreta respecto del proyecto, acción, programa o medida que se pretenda ejecutar.

Una vez finalizado el plazo de inscripción, el organismo convocante realizará un análisis de admisibilidad sobre cada una de las inscripciones, a los fines de determinar si dan cumplimiento a lo solicitado.

Para ello se requiere que las comunidades inscriptas se encuentren ubicadas en el área de influencia donde se realizará el proyecto, programa, y/o acción de naturaleza pública o privada. Dicha área de influencia será delimitada al momento de realizar la convocatoria.

Finalizada la inscripción se deberá dar publicidad sobre aquellas comunidades que serán parte en el procedimiento de consulta.

La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de 20 días a la fecha establecida para dar inicio al diálogo, conforme el plan de consulta elaborado, debiendo darle publicidad a través de dos publicaciones en los diarios de mayor circulación del lugar donde se encuentra ubicado el proyecto, si es que lo hubiere, y durante dos días en el Boletín Oficial de la Provincia.

Asimismo, teniendo en consideración los medios que se utilizan para informar en el lugar donde se realizará, la Autoridad convocante podrá comunicar indistintamente el texto de la convocatoria, en el hospital/salita, comisaría, municipio, comisión de fomento, Juzgado de Paz y/o mediante comunicación radiofónica.