El gobierno nacional resolvió hoy dar de baja la jubilación de privilegio de la expresidenta Cristina Kirchner. “Significa para los argentinos un ahorro de unos 21.827.624 pesos”, sostuvo el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa. El funcionario, además, informó que se anuló la pensión del expresidente Néstor Kirchner.
“El beneficio previsto por la Ley 24.018 para expresidentes y exvicepresidente de la Nación es una asignación que no tiene carácter contributivo y se otorga con carácter excepcional y extraordinario, como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo. La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”, planteó Adorni.
En esta línea, aseguró que “la jubilación a exmandatarios es un privilegio que no debería existir en la Argentina, más aún si quien la percibe está condenada por estafar desde las más altas esferas del poder a millones de argentinos que vieron esfumarse sus esperanzas a manos de la política”.
“Esto es nada más ni nada menos que otorgar un manto de sentido común y cordura a la gestión pública. Durante el mandato del presidente Milei, la Argentina no va a destinar fondos a ninguna persona que esté condenada por corrupción y que haya más mancillado el honor y la dignidad de los argentinos”, completó.
La legalidad de la medida
La anulación de estas jubilaciones o pensiones depende de una serie de factores legales:
- Modificación de la ley o decreto: En principio, la medida tomada por el gobierno nacional podría basarse en la aplicación de una modificación legislativa o de un decreto que modifique o derogue el régimen de jubilación de privilegio para expresidentes. Sin embargo, para anular estas jubilaciones o pensiones, debería existir una norma legal que lo permita. Esto podría incluir una reforma de la Ley 24.018 (que regula estas jubilaciones), o una nueva ley que explícitamente las elimine o modifique.
- El derecho adquirido: La Constitución Nacional establece el principio de que los derechos adquiridos no pueden ser arbitrariamente modificados, lo que implica que un expresidente que ya ha comenzado a recibir una pensión vitalicia podría invocar este principio para defender su derecho a seguir recibiéndola. Por tanto, la anulación de las pensiones de privilegio sin un proceso legislativo adecuado podría ser impugnada judicialmente por quienes las reciban, en este caso, Cristina Kirchner y la familia de Néstor Kirchner.
- Los procedimientos administrativos: Si la resolución fue tomada por decreto del Ejecutivo, podría considerarse una decisión administrativa. Sin embargo, las leyes nacionales, como la Ley 24.018, establecen un régimen específico para estas jubilaciones y pensiones, por lo que cualquier cambio en este sentido debe pasar por un proceso legislativo formal, con debate en el Congreso, salvo que se trate de una reforma de la ley a través de un proyecto aprobado por ambas cámaras.
Posibles impugnaciones judiciales
Es probable que la medida sea impugnada judicialmente. De hecho, si bien el gobierno puede tomar decisiones administrativas respecto a las jubilaciones de privilegio, cualquier cambio que implique modificar un derecho adquirido o una prestación de la seguridad social podría ser cuestionado en los tribunales.
En este sentido, quienes reciban estas pensiones (como es el caso de Cristina Kirchner) podrían recurrir a la justicia para impugnar la medida, ya que el derecho a la pensión se considera un derecho adquirido por el ejercicio de su cargo de presidente de la Nación.
El contexto político
Más allá de los aspectos legales, la decisión tiene un fuerte componente político, ya que la jubilación de privilegio de Cristina Kirchner ha sido un tema de controversia política durante años. Su cancelación podría ser vista como un gesto del gobierno actual para demostrar compromiso con la austeridad y con la idea de que los beneficios de este tipo deben eliminarse para aquellos que no los necesitan, como es el caso de expresidentes con otras fuentes de ingresos.
Por otro lado, los opositores podrían argumentar que la medida tiene un carácter selectivo y político, y que atenta contra principios de igualdad y derechos adquiridos.