Las modificaciones entrarán en vigencia en febrero y se basan en la inflación acumulada.
El Gobierno confirmó que los valores del Impuesto a las Ganancias y el Monotributo se ajustarán en función de la inflación acumulada en el segundo semestre de 2024, cuyo índice será informado este martes 14 de enero por el Indec. De acuerdo con estimaciones preliminares, Ganancias registrará un aumento del 12%, dejando el mínimo no imponible en $2.285.136 brutos para solteros y poco más de $3 millones para casados con dos hijos, mientras que los topes del Monotributo subirán un 21%.
La reforma fiscal implementada en julio pasado estableció un sistema de actualizaciones semestrales basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este mecanismo reemplaza el ajuste anual previo que usaba el RIPTE, permitiendo que las nuevas escalas y topes se actualicen en enero y julio de cada año. En el caso de Ganancias, las modificaciones abarcarán las deducciones y escalas, aplicándose a los salarios percibidos desde febrero.
Por su parte, los cambios en el Monotributo impactarán en los límites de facturación y cuotas mensuales. Estas actualizaciones comenzarán a regir también en febrero, reflejando los parámetros de inflación acumulada entre julio y diciembre. El ajuste semestral busca mantener los valores alineados con la evolución de los precios, brindando previsibilidad tanto a los trabajadores como a los pequeños contribuyentes.
Los límites anuales de facturación para las distintas categorías:
- Categoría A: $6.450.000 a $7.812.680;
- Categoría B: $9,45 millones a $11.446.486;
- Categoría C: $13,25 millones a $16,04 millones;
- Categoría D: $16,45 millones a $19,92 millones;
- Categoría E: $19,35 millones a $23.43 millones;
- Categoría F: $24,25 millones a $29,37 millones;
- Categoría G: $29 millones a $35,12 millones;
- Categoría H: $44 millones a $53,29 millones;
- Categoría I: $49,25 millones a $59,65 millones;
- Categoría J: $56,4 millones a $68,31 millones;
- Categoría K: $68 millones a $82,36 millones.
Cabe destacar que el aporte al sistema previsional y las obras sociales también se actualizarán con estos porcentajes.
La reforma fiscal también modificó el calendario de recategorización para monotributistas, que ahora será semestral. Los contribuyentes deberán analizar su actividad entre enero y diciembre de 2024 para realizar el trámite correspondiente, que estará habilitado desde el 14 de enero hasta el 5 de febrero.
En caso de no realizar la recategorización, se entenderá que no hubo cambios y se mantendrá la misma categoría. La segunda oportunidad para ajustar la categoría será en agosto de este año.